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Industria audiovisual · Convocatoria y cálculo propio

Las ayudas a cortometrajes de Castilla y León combinan un máximo del 75% y un techo de 25.000 euros por proyecto

El extracto de octubre exige al menos un 10% de fondos propios. Dos presupuestos ficticios muestran por qué el porcentaje no garantiza cobrar el máximo.

Redacción · Notiflash24 · 2026-10-20
Ilustración IA de un equipo de cine ficticio ante un guion gráfico vacío; no representa solicitantes, beneficiarios ni un rodaje subvencionado.
Ilustración original generada con IA; no documenta el acontecimiento ni representa datos medidos.

La convocatoria de Castilla y León para realizar cortometrajes establece dos límites simultáneos: la ayuda no puede superar el 75% del presupuesto total del proyecto ni 25.000 euros. El extracto de la orden de 7 de octubre, publicado en el BOCYL del día 9, exige además que el beneficiario financie con fondos propios al menos el 10% de la actividad subvencionada.

Un presupuesto ficticio de 20.000 euros tendría un límite porcentual de 15.000. En otro de 40.000, el 75% serían 30.000, pero el techo absoluto reduciría ese límite a 25.000. Son máximos aritméticos, no cantidades concedidas: el extracto dispone un régimen de concurrencia competitiva y vincula la cuantía a la disponibilidad presupuestaria.

La diferencia también afecta al plan de financiación. En el segundo supuesto, 25.000 sobre 40.000 equivalen al 62,5%, por debajo del 75%. Que el proyecto llegue al tope de euros no demuestra que se financien tres cuartas partes. Y cumplir el mínimo de fondos propios tampoco acredita, por sí solo, que esté cubierta toda la parte restante.

El extracto identifica como posibles beneficiarias a empresas productoras cinematográficas o audiovisuales con domicilio, sede, sucursal o establecimiento permanente abierto al público en Castilla y León, y contempla determinadas agrupaciones de empresas. Esa síntesis no sustituye la comprobación de todos los requisitos de la convocatoria y de sus bases.

El plazo se expresa como quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto. No lo convertimos en quince días de calendario ni damos aquí una fecha final calculada sin el calendario aplicable. La ficha oficial de Spain Audiovisual Hub remite a la convocatoria BDNS 933899 y a la presentación electrónica. Antes de solicitar conviene contrastar presupuesto, fondos propios, elegibilidad y plazo en esos documentos; esta explicación no acredita una concesión ni una solicitud presentada.

Fuentes consultadas

Contenido elaborado con apoyo de IA. Nuestra política de transparencia.